jueves, 2 de junio de 2011

ADMINISTRACION TRIBUTARIA

LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

¿Qué es la Administración Tributaria?
La organización encuadrada dentro del sector público, cuya misión es recaudar impuestos y otros ingresos públicos necesarios para el sostenimiento de las cargas públicas, mediante la aplicación de las leyes fiscales. En los últimos años asistimos a una corriente que trata de atribuirle determinados rasgos de autonomía, en materia de gestión de personal y presupuestaria, fundamentalmente.



En el caso mexicano, el artículo segundo de la Ley del Servicio de Administración
Tributaria integra en su texto los objetivos del SAT.

Artículo 2.- "El Servicio de Administración Tributaria tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público, de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras, de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario de dichas disposiciones, y de generar y proporcionar la información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria". 

Organización de la Administración Tributaria

Dos son los elementos que determinan la organización de una Administración
Tributaria: sus funciones y su estructura. Las funciones corresponden a la forma en que opera sus actividades una organización y la estructura, la manera en que se distribuyen y vinculan las diversas unidades administrativas encargadas de ejecutar esas funciones.

Clasificación de las funciones de la Administración Tributaria.

Respecto de las funciones que realiza la Administración Tributaria, se clasifican en principales y auxiliares.

Principales: establecen los criterios de actuación en cada materia.
Auxiliares: aquellas en las que existe una relación con los contribuyentes e implican una aplicación directa de las normas tributarias.

Funciones principales de la Administración Tributaria:

      Función de recaudación

La función recaudatoria tiene por objeto percibir pago de la deuda tributaria, así como elaboración de los formularios de declaraciones y vigilar el cumplimiento de obligaciones, recepción del pago, la concentración de los recursos, los medios de apremio, la información del ingreso, la notificación de créditos, la aplicación del Procedimiento Administrativo Ejecución y el registro contable respectivo, etc.

      Función de control de obligaciones

El control de obligaciones, normalmente realizado también por las áreas de recaudación, consiste en las acciones que realiza la Administración Tributaria para lograr el cumplimiento forzoso por parte de los contribuyentes, de sus obligaciones periódicas omitidas, así como para identificar a los incumplidos detectando qué obligaciones omitió y determinando qué se va a hacer para que cumplan.

Abarca también la realización de labores de avisos o mensajes al contribuyente, desde aquellas con carácter amigable (llamadas telefónicas o cartas invitación), hasta la emisión de requerimientos de cumplimiento de obligación o de pago.

      Función de comprobación del cumplimiento.

Los "actos de fiscalización" o “auditorías”, se centran en revisar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias, no sólo el cumplimiento, sino el grado de cumplimiento del contribuyente, el cual generalmente se realiza mediante la revisión de su contabilidad, la expedición de comprobantes fiscales y, además, el cumplimiento de las obligaciones como la presentación de avisos y declaraciones, comprobando en su caso, el pago correcto de las contribuciones. Obviamente que este último aspecto (cumplimiento de obligaciones) se realiza con mayor profundidad que en el control obligaciones, puesto que en la fiscalización se verifica además, el correcto cumplimiento de acuerdo a lo establecido en las Leyes tributarias.

Funciones auxiliares o de apoyo de la Administración Tributaria:

Como funciones auxiliares o de apoyo, se ubican aquellas que constituyen la base para el desarrollo de las labores principales. Registro de contribuyentes, jurídica, informática y asistencia al contribuyente.

Registro de contribuyentes

Tiene como objetivo proporcionar los medios para que la administración tributaria pueda identificar, clasificar y obtener información respecto de las personas físicas y morales que tienen la obligación de presentar declaraciones o efectuar pagos periódicos al fisco. Incluye, además, inscribir y emitir las cédulas correspondientes a los contribuyentes, capturar los movimientos del padrón y realiza acciones de verificación.

Jurídica

Esta labor se realiza mediante una asesoría jurídica a las demás áreas de la administración tributaria, así como la resolución de consultas, recursos administrativos y la defensa del fisco en los juicios interpuestos por los contribuyentes.

Esta labor que se manifiesta en la emisión de normatividad interna, genera uniformidad en los criterios de aplicación y, por ende, en las acciones del fisco.

Informática, Procesamiento automático de datos

La eficacia de esta función radica en la instrumentación de la tecnología con que cuenten las administraciones. El procesamiento automático de datos consiste principalmente en poner al servicio de la Administración Tributaria las técnicas necesarias, con la ayuda de los avances tecnológicos, para el apoyo de la función de fiscalización, esencialmente en la selección de contribuyentes y la revisión de éstos.

Asistencia al contribuyente

Vinculado a la necesidad de asegurar el cumplimiento voluntario, oportuno y correcto de las obligaciones fiscales, la administración tributaria, debe disponer de los instrumentos necesarios para no sólo divulgar las normas jurídicas, sino asesorar de manera eficiente al contribuyente.

Desde la publicación y difusión de disposiciones fiscales, hasta proporcionar asistencia gratuita y adecuada a los contribuyentes, abarca también, campañas específicas sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales, seguimiento de trámites y quejas, enlace con grupos de contribuyentes, etc.

Estructura de La Administración Tributaria

La Administración Tributaria puede adoptar una estructura básica por impuestos o funcional.

La organización por impuestos

Existía una administración, por separado, por cada tipo de impuesto, a cargo de una unidad distinta. La idea era administrar integralmente cada gravamen a efecto de lograr la especialización de funciones.

Este tipo de organización presenta desventajas evidentes: como las mismas funciones se realizan por todos los órganos administradores de los gravámenes, se propicia la duplicidad de funciones, generando molestias innecesarias a los contribuyentes, además de gastos innecesarios a la administración.

La organización por funciones

En una fase posterior se toma como referencia a las diferentes áreas funcionales que intervienen en el proceso tributario. Así, hay una unidad o departamento que se ocupa de la recaudación, otra de cobranza, hay un departamento para la fiscalización o inspección tributaria, y en el caso de modelos de integración de tributos internos y aduanas, otro departamento para las aduanas. Asimismo, se configuran unidades de apoyo horizontales: informática, política de personal, planificación, recursos y reclamaciones, etc.

La organización por tipo de contribuyentes

Trata de que existan oficinas especializadas en la atención de cada grupo o tipo de contribuyentes (empresas, personas físicas, grande contribuyentes, etc.) lo que permite que, con el conocimiento pleno de su posible comportamiento y necesidades, no sólo se les pueda "controlar" mejor, sino prestarles un servicio rápido y óptimo.

Organización mixta

Las organizaciones mixtas combinan la organización por funciones con una cierta inclinación por tipos de contribuyentes; es decir, se organizan por funciones, y algunas unidades de la administración gestionan sobre uno o algunos grupos de contribuyentes específicos.

La organización del Servicio de Administración Tributaria en México

Desde el 1 de julio de 1997 surgió el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, con carácter de autoridad fiscal. El SAT tiene por objeto recaudar los impuestos federales y otros conceptos destinados a cubrir los gastos previstos en el presupuesto de egresos de la Federación, para lo cual goza de autonomía técnica para dictar sus resoluciones.
La Ley del Servicio de Administración Tributaria establece:
“Artículo 1. El Servicio de Administración Tributaria es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el carácter de autoridad fiscal, y con las atribuciones y facultades ejecutivas que señala esta ley.”

Servicios que proporciona la Administración Tributaria al profesionista

Orientación personal

Este servicio se proporciona a través de los puntos de atención. El SAT cuenta con unidades móviles, módulos de atención integral a contribuyentes en las oficinas locales, y módulos de atención fiscal fuera de sede. El servicio es proporcionado por personal especializado del SAT.

Los servicios que se brindan a través de INFOSAT y ASISNET son:
Trámites y citas Requisitos para:
Inscribirse al RFC
Presentar avisos de cambio de situación fiscal
Solicitar una cita ante su Administración Local
Orientación Fiscal Obligaciones fiscales de los diversos tipos de contribuyentes
Presentación de declaraciones
Deducción de inversiones
Aplicación de disposiciones fiscales y comercio exterior
Firma Electrónica Avanzada
Qué es, para qué sirve, requisitos y solicitud de cita para su obtención
Comprobantes Fiscales
Digitales
Qué son, para qué sirven, cómo se usan, requisitos para expedirlos
Soporte informático Apoyo informático para descarga, uso y problemas técnicos con los programas del SAT
Usuarios con clave de acceso
Grupos de usuarios que requieren servicios específicos
Denuncias Actos de corrupción de servidores públicos y denuncias por no expedir comprobantes fiscales
Declaración Anual de
Personas Físicas
Declaraciones en ceros por teléfono y orientación para la presentación de su declaración
Atención Telefónica
Automática
Indicadores fiscales; cálculo automático de impuestos; solicitud de información vía fax; buzón de voz, e información específica sobre temas en materia fiscal que con mayor frecuencia se presentan en las áreas de Asistencia al Contribuyente

miércoles, 25 de mayo de 2011

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA


*Administración Pública
Contenido esencial de la actividad del poder ejecutivo. Satisface a los gobernantes mediante los bienes del estado.
*Antecedentes Históricos
Existió  administración pública desde mucho tiempo atrás, en Egipto (manual de jerarquía), en China (manual de organización), en Roma 500 años a.C. (estructuras administrativas. Pretores y senado). Fue en la Edad Media y El Renacimiento donde se desenvolvió la administración publica y a la fecha sigue evolucionando. 

*Evolución Sociológica: Los avances sociológicos han provocado que la administración pública, actué en campos que hasta hace tiempo eran desconocidos.
En 1980, se dio un fenómeno contrario de reducción de oficinas y personal, en base a la “modernización del estado”.
Se deben crear dependencias para llevar a cabo la administración pública, y estar acorde con los diversos órganos del estado, en donde intervienen los servidores públicos.

*La Organización Administrativa: Estructura y orden de dependencias del poder ejecutivo, para lograr una unidad de acción, dirección y ejecución.

*Formas de Organización Administrativa: Tiene que tener un orden, y tradicionalmente se consideran 4 formas de organización administrativa:
ê  -Centralización
¥  -Desconcentración
ê  -Descentralización
  -Sociedades Mercantiles y Empresas del Estado.
Se denominara Órgano de la Administración Publica, o unidad administrativa, al conjunto de elementos personales y materiales con estructura jurídica que le otorga competencia para realizar una actividad, relativa al poder ejecutivo, y que desde el punto de vista orgánico depende de este.

*La Organización de la Administración Pública Mexicana: Se determina por disposiciones legales de los órganos centrales y se integra por la presidencia de la república, secretarias del estado, gobierno del estado, PGR, etc.

LOS EFECTOS DE LOS IMPUESTOS


LOS EFECTOS  DE LOS IMPUESTOS.
El pago del impuesto es un hecho que produce, dentro del campo económico, una serie de efectos, que en muchos casos, no se pueden prever. Los principales que estudiaremos, son los siguientes:

ê  LA REPERCUSION:
 La percusión del impuesto es un fenómeno que se desarrolla en 3 etapas que son: LA PERCUSION, LA TRSLACION, Y LA INCIDENCIA.
ü  La precisión es la caída del impuesto sobre el sujetó pasivo, es decir, la persona que tiene la obligación legal de pagarlo.
ü  La traslación es el hecho de pasar la carga del impuesto a otra y otras personas.
ü  La incidencia es la caída del impuesto sobre la persona que realmente le paga, es decir, que va afectada su economía por el impacto del impuesto.

la percusión es una  lucha  entre el sujeto del impuesto y los terceros, el sujeto, tratando de trasladar el impuesto y el tercero tratando de evitarlo restringiendo el consumo de ese artículo; el triunfo depende no solo de la fuerza económica, sino de la concurrencia de otros factores diversos,
Como la necesidad de la cosa gravada, la existencia de sucedáneos, etc.

Hay casos en que el impuesto incide sobre el mismo sujeto, pero entonces no habrá propiamente repercusión; sucede cuando el sujeto no puede trasladar el impuesto. Este fenómeno de la repercusión es uno de los más importantes de los que estudia la ciencia de las finanzas, por que el legislador, al establecer un gravamen, debe tener en determinada, con más o menos exactitud, a quienes en realidad gravara el impuesto.


ê  LA DIFUSIÓN.
Otro de los fenómenos del impuesto es la defunción. Cuando un impuesto ha llagado hasta la persona que no está en condiciones de traslados a otra, se presenta el fenómeno que hemos llamado de la incidencia con el que termina la repercusión, pero entonces es presenta otro fenómeno que es el de difusión del impuesto.

Las diferencias que existen entre la difusión y la repercusión son principales son:   La primera es que la recuperación siempre se presenta, porque suponiendo que el impuesto no pueda ser trasladado la persona que lo paga, el sujeto, sufrirá la disminución de su poder adquisitivo e iniciara un proceso de disfunción del impuesto.

ê    LA UTILIZACION DEL DESGRAVAMIENTO.

Otro fenómeno de los impuestos, al que podríamos llamar la utilización del
Desgranamiento, se presenta cuando, por la supresión de un impuesto, se rompe el equilibrio económico establecido; este fenómeno se presenta, porque así como hay la tendencia de hacer pasar el impuestos terceros, hay tenencia a provechar las ventajas que reporta la desaparcaban del gravamen.


ABSORCIÓN DEL IMPUESTO: Puede darse el caso de que al establecer un impuesto el sujeto no pretenda trasladarlo, sino que paga, pero procura aumentar su producción o disminuir su capital o trabajo empleados, o bien consigue un progreso técnico en virtud de un descubrimiento, etc. En otras palabras, cuando al pagar un impuesto repercutible no se traslada y se procura disminuir el costo o bien se aumenta la producción para continuar teniendo la misma utilidad. 

AMORTIZACIÓN: Se refiere a las ocasiones en las que cuando se establece un impuesto sobre la renta de una inversión establece, casa, terreno, etc. la casa baja de valor porque se amortiza el importe del impuesto.
Este fenómeno solo se producirá con referencia a la persona que tenga el carácter de propietario en el momento en que se establezca el impuesto.

CAPITALIZACIÓN: Esta se produce en el caso de desgravamiento; si estando establecido el impuesto la casa del ejemplo anterior vale $90,000.00 y el impuesto se reduce a la mitad, habrá entonces un aumento de valor para la propiedad. Y se habrá efectuado el fenómeno de capitalización.

EVASIÓN: Consiste en eludir el pago del impuesto, se trata de que no se pague en forma alguna el impuesto. Puede haber dos formas:

·       LEGAL: Consiste en omitir el pago del impuesto por procedimientos legales, por ejemplo, un importador que no está dispuesto a pagar el impuesto establecido sobre la importación de determinada mercancía, deja de importarla.
·       ILEGAL: Cuando para eludir el pago del impuesto se realizan actos violatorios de las normas legales como, el contrabando, la ocultación de ingresos, etc.

POLITICA FINANCIERA: Parte de la política económica que se encarga de formular los objetivos, señalando los instrumentos necesarios para controlar los ingresos y administrarlos, así como para elaborar el gasto del sector público.
También se encargan del control del sistema bancario, así como la política monetaria y crediticia.

EN ESTA POLITICA INFLUYEN:
·       La política Fiscal
·       Política Monetaria y Crediticia
·       Política de Gasto Público
·       Política Bancaria